martes, 31 de diciembre de 2013

Feliz Año Nuevo 2014 !!

MATIENZO 1668 S.A. - 03/04/2008 | Dateas

Los vecinos SanBdePalermo les desean felicidades para estas fiestas y que tengan un año nuevo mejor
Google se hizo presente una vez más en los festejos de Año Nuevo 2014 y les deseó un Feliz Año 2014 a todos los que naveguen en la red a través de su logo animado, conocido como Doodle.
Se puede ver una ilustración colorida: los números de Año Nuevo 2014 que bailan y el 3 cansado de un largo año, y dejando el lugar al 4. Si el se hace clic en el doodle se despliegan las noticias de Año Nuevo 2014, cómo lo se recibió en distintos lugares del mundo, sugerencias, los espectáculos que no se pueden perder, las mejores cábalas y los distintos rituales para recibir el 2014.

sábado, 21 de diciembre de 2013

Defensoría del Pueblo de la CABA | Salutación de la Dra. Pierini

De: Defensoría del Pueblo de la CABA < Defensoria del Pueblo >
Para: Vecinos San Benito < Vecinos San Benito >
Enviado: martes, 17 de diciembre de 2013 15:00
Asunto: Salutación de la Dra. Pierini

sábado, 14 de diciembre de 2013


La casa más navideña del mundo

sábado, 2 de noviembre de 2013

Las Cañitas | OBRAS POLEMICAS | "Matienzo 1668" Carta para los socios. ¿Nueva Carta para "Matienzo 1624 al 1678" Expte: 607268/11?

Teniente Benjamin Matienzo 1642 S.A.
Matienzo 1624 / 1638 / 1640 / 1642 / 1648 / 1668 / 1678 - Expte: 607268/11

Acta de constitución de la S.A. - Datos de los integrantes
Fecha: 23/12/2010 TENIENTE BENJAMIN MATIENZO 1642 SA 1) CARLOS ADOLFO CHOMER , argentino, divorciado, nacido 19/10/51, comerciante, DNI 10.155.480, CUIT 20101554806 , domicilio en Florida 670, piso 1º 42 CABA; SERGIO LUIS KRYMER , argentino, divorciado, nacido 01/08/51, Arquitecto, DNI 10.129.684, CUIT 23101296849 , domiciliado en Gorostiaga 1664, piso 9º, CABA; y RUBEN OSVALDO BUBIS , argentino, casado, nacido 27/05/1959, Contador Público, DNI 13.277.031, CUIT 20132770310 , domiciliado en Av. Corrientes 4028, Piso 4º A , CABA; 2) 03/12/10; 3) Teniente Benjamin Matienzo 1642 S.A.; 4) Florida 670, Piso 1º Depto 42 , CABA. 5) La sociedad se dedicara por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a las siguientes actividades: A) Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, arrendamiento y administración de inmuebles urbanos o rurales, subdivisión de tierras y su urbanización y la realización de todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos de propiedad horizontal. B) Constructora: Mediante la administración, construcción total o parcial de inmuebles urbanos o rurales, su remodelación ó refacción; y/o la realización de obras, sean públicas o privadas, actuando como propietaria, empresaria, contratista o subcontratista de obra en general, por cualquiera de los sistemas permitidos por las leyes, en especial la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal y normas complementarias. C) Mandatos y Representaciones: Mediante la realización de todo tipo de mandatos, comisiones, representaciones y consignaciones de acuerdo con la legislación vigente. D) Financieras: Mediante la inversión o el aporte de capitales en bienes o en efectivo a particulares o empresas constituidas o a constituirse, compra, venta o intermediación de títulos públicos o privados, acciones y otros valores mobiliarios, otorgamiento de créditos con garantía real o personal, tomar dinero en préstamo, otorgar garantías, fianzas o avales, constitución y/o transferencia de derecho a reales e intermediación en todo tipo de operaciones financieras. Se excluyen expresamente las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público general. Las actividades enumeradas se realizaran mediante la contratación de personal con titulo habilitante. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con aquel, tales como contratos de compraventa, locación, arrendamiento, permuta, concesión, leasing y factoring, siempre que no sean actos prohibidos por las disposiciones en vigor. 6) 99 años; 7) $ 400.000; 8) Directorio compuesto de 1 a 5 miembros. Mandato: 3 ejercicios. Directorio actual: Presidente: Carlos Adolfo Chomer. Director Suplente: Ruben Osvaldo Bubis. Domicilios especiales: Florida 670, Piso 1º Depto 42 , CABA. Se prescinde de sindicatura. 9) Representación legal: Presidente del Directorio o Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento. 10) 30/11. Autorizada: Esc. 109 03/12/10 Fº 404 Reg. 588. Alicia Gladys Sabeter. DNI. 14.038.354. Certificación emitida por: Luis I. Kleinman. Nº Registro: 588. Nº Matrícula: 2331. Fecha: 16/12/2010. Nº Acta: 170. Nº Libro: 28-int. 92390. e. 23/12/2010 Nº 159458/10 v. 23/12/2010 Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Nro: 32054 del 23/12/10

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Matienzo 1668 S.A. 
Matienzo 1668 / 1678 - Exp 71317/08 - Carta para los socios:


  
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      :

SR. MIGUEL EDUARDO LUDMER. . . . . . . Buenos Aires viernes 13 de noviembre de 2009
Chenaut 1956 PB C.A.B.A . . . . . . . . . . REF: Matienzo 1668 S.A.

Dada su reticencia a asistir a la mediación propuesta por los vecinos de los edificios de San Benito de Palermo 1655 y 1671, damnificados por la obra que la sociedad que ud. integra lleva adelante en Matienzo 1668, aprovechamos este medio para transmitirle nuestra preocupación.
Como ya le hemos hecho saber por carta documento y como se lo hemos explicado personalmente a algunos de sus socios en la reunión del 7 de abril pasado en oficinas de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC), el proyecto que ud. construye infringe varias normas del código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires, siendo la más evidente el exceso en la superficie autorizada de construcción (FOT).
El hecho de querer construir a toda costa más metros cuadrados de los permitidos y alcanzar a cualquier precio la altura maxima permitida genera un perjuicio irreversible en nuestras propiedades ubicadas en los contrafrentes de San Benito de Palermo 1655 y 1671.
Una vez finalizada la obra, el espacio remanente entre su edificio y los nuestros se volverá tan exiguo que convertirá nuestras viviendas en insalubres. Efectivamente, según normas del código de Planeamiento Urbano, nuestros livings y dormitorios no contarán más con la ventilación e iluminación natural exigidas para su correcta habitabilidad.
Es evidente que un edificio de 10 plantas con el costo y la superficie que implica la construcción de un nucleo circulatorio con escalera y ascensor para tan sólo 7 unidades funcionales comercializables y 2 cocheras no es rentable.
Varios elementos recabados por los vecinos, debidamente documentados y denunciados ante las autoridades municipales, la justicia y los medios de comunicación, permiten dudar de la real intención de Matienzo 1668 S.A. de construir el edificio según el último plano presentado el 26 de octubre en la municipalidad.
Cumplimos en aclararle que este grupo numeroso de vecinos, bien organizados, con acceso directo a los funcionarios responsables del registro y control de las obras, no va a permitir nunca :
- que se habiliten 2 locales comerciales en la planta baja de Matienzo 1668 ya que no figuran como tales en ningún plano registrado por la municipalidad.
- que se rellenen vacíos dentro de unidades funcionales para aumentar su superficie de venta si estas superficies no se encuentran declaradas en los planos registrados.
- que se rellene ningún conducto de instalaciones o hueco en balcones representados como tales en los planos registrados.
- que se modifique el estatus, la ubicación y la superficie de los locales asignados a portería, ayudante de portería y medidores eléctricos.
- que se modifique la superficie de los paliers de cada piso así como la ubicación de las puertas de entrada a los departamentos.
- que se realice la subdivisión del edificio con un plano que no coincida con el plano de arquitectura registrado.
Ante cualquier diferencia entre lo construido y lo registrado, como ocurrió anteriormente con el balcón clandestino del 1º piso, procederemos a denunciarlo ante la autoridad competente con la consiguiente clausura de la obra y la aplicación de las penas que le correspondan a la sociedad que ud. integra y al Arq. Huberman, único profesional responsable al día de hoy del proyecto.
Para ello contamos con el apoyo incondicional de la autoridad de inspección (DGFYCO), que en virtud de la mala fe demostrada por parte de los responsables del proyecto desde su inicio se ha comprometido a realizar regularmente inspecciones exhaustivas de la obra.
Visto y considerando los ilícitos perpetrados hasta el momento por la sociedad que ud. integra, las reacciones suscitadas en los vecinos y en la autoridad municipal, y los controles que se han aplicado y se seguirán aplicando, los vecinos creemos que ya no es momento para seguir forzando temerariamente las leyes con las consecuentes perdidas de tiempo y dinero.
Tampoco es momento para las provocaciones gratuitas como el agregado de un piso más en el proyecto para alojar una “sala de tanques” totalmente innecesaria.
Pensamos que es momento de adaptar el proyecto a la realidad y de encontrar el volumen mas económico y eficiente para contener las superficies autorizadas por ley, tratando en la medida de lo posible de preservar la correcta iluminación y ventilación de las construcciones vecinas.
Sin otro particular lo saludamos atte.
Los vecinos de San Benito de Palermo
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Con la obra nueva en Matienzo 1624 a 1678 Expte: 607268/11 ¿Otra carta para los constructores?

Prensa | OBRAS POLEMICAS | Reclamos de vecinos de Granville en la Legislatura. Pasaje. Manzana atípica.

Vecinos de un pasaje peatonal lograron frenar 3 edificios. La Ciudad aceptó los reclamos. Por Pablo Novillo
Cuesta encontrarlo en los mapas. Parece un tajo en medio de la manzana, y de hecho, aunque se llama Guillermo Granville, este pequeño pasaje de Villa Santa Rita, a la altura de Alvarez Jonte al 3200, es conocido como La Puñalada. Sin embargo, el que corría riesgo de ser herido de muerte era el propio pasaje, porque a sus lados se empezaron a construir tres edificios que iban a dejarlo condenado a la oscuridad. La pelea de los vecinos logró que el Gobierno porteño frenara las construcciones. Ahora quieren una ley que le ponga punto final al problema.
  ...Como pasó en otros barrios por el boom de la construcción, la gente empezó a movilizarse. Pronto consiguieron el apoyo de los otros vecinos de la zona, que también se preocuparon por preservar su barrio. Pusieron carteles, y repartieron cintitas verdes que se ponen en las solapas como señal de protesta contra las obras.
Consiguieron que algunos legisladores porteños se interesaran por su reclamo, y presentaron un recurso de amparo, con el que obtuvieron una medida precautelar.
También lograron que los recibiera el Ejecutivo, que, como no pasó con reclamos de otros barrios, esta vez les dio la razón automáticamente. Héctor Lostri, subsecretario de Planeamiento, le explicó a Clarín : “En el 2000 se reformó el Código de Planeamiento y se autorizó a construir más metros en los distritos de la categoría C3, que es la de la zona del pasaje Granville. Hasta ahora no había pasado nada porque no había interés por construir allí. Cuando aparecieron estos proyectos se les dio la autorización porque la ley los avalaba. Pero la situación del pasaje es un caso particular, ES UNA MANZANA ATÍPICA en la que las torres romperían el trazado urbano. Como en este caso sí se justifica, paralizamos las obras, y les dimos la chance a los constructores de que adecuen sus proyectos”.
LA IDEA ES QUE CONSTRUYAN NO MÁS DE CINCO PISOS.
 Pero los vecinos aún no vieron ningún papel, y siguen con dudas ... sospechan que puede haber actividad adentro.  En la Legislatura porteña ya están trabajando en el tema....
  • clarin.com | Jueves 26 Mayo 2011

sábado, 28 de septiembre de 2013

Las Cañitas | MATIENZO 1624: Inmueble Patrimonial de la Ciudad de Buenos Aires

MATIENZO Nº 1624:  Inmueble Patrimonial         MATIENZO Nº 1624 : hoy inmueble abandonado
 
RESOLUCION Nº 378 SSPLAN-2011 VISTO: El Expediente Nº 599960-2011, y CONSIDERANDO
QUE por el mencionado expediente tramita una solicitud de permiso para “Demolición Total y Obra Nueva” en la finca sita en la calle Teniente Benjamín MATIENZO Nº 1624; QUE el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales ha evaluado al Inmueble en cuestión y mediante Nota CAAP del 12-05-2009 fue desestimado; QUE esta Subsecretaria profundizó los estudios desde el punto de vista Urbanístico y analizó la localización del inmueble en el contexto de la cuadra; QUE se verificó que en esta finca no posee valores arquitectónicos, no obstante conforma con los edificios adyacentes una unidad morfológica que rescata y testimonia la escala que originalmente poseía el barrio; QUE en consonancia con los lineamientos que fija el Plan Urbano Ambiental se entiende que es deseable rescatar huellas de la Ciudad existente, por lo que corresponde incluir en el Catálogo Preventivo el inmueble en cuestión; QUE este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios Nº 2506 (B.O.C.B.A. Nº 2824) Y DEL Decreto Nº 2075-GCBA-2007) (B.O.C.B.A. Nº 2829) y la Resolución 243/MPyOP/06 continua las funciones de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:

El Secretario de Planeamiento resuelve:
ARTÍCULO 1º.- Incorpórese con carácter preventivo al Catálogo de inmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al inmueble cito en la calle Teniente Benjamín MATIENZO Nº 1624 Nomenclatura Catastral, Circunscripción 17, Sección 23, Manzana 107, Parcela 1b.
ARTÍCULO 2º.- L a Dirección General Registro de Obras y Catastro no dará curso a solicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra, obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por la Dirección General de interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de la sección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva la incorporación firme de los edificios al Catálogo en cuestión.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese; Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanística y a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a esta Subsecretaría a los fines de notificar a los propietarios. Firma:
Héctor Antonio Lostri 
Subsecretaría de Planeamiento 
Ministerio de Desarrollo Urbano 
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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Descripción: El 23 de diciembre, la jueza Andrea Danas, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N º 9, resolvió ordenarle al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la suspensión del otorgamiento de permisos de demolición u obra respecto de la totalidad de inmuebles de dominio público o privado emplazados en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires, cuya fecha de construcción sea anterior al año 1941 o se encuentren incluidos en el inventario de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural en la categoría "Edificios Representativos". La referida medida, que debió ser adoptada ante la inminencia de la pérdida de vigencia (el próximo 31/12/2011) de la Ley Nº 2.548 que establece un Procedimiento Especial de Protección Patrimonial para dichos inmuebles, fue dispuesta en el marco de una acción de amparo iniciada por las organizaciones "Basta de Demoler", "Fundación Ciudad" y "S.O.S. Caballito" patrocinados por la Dra. María Carmen Arias Usandivaras juntamente con los abogados Jonatan Baldiviezo, Sebastián Pilo y Enrique Viale (Miembros del Colectivo por la Igualdad). A su vez, adhirieron al amparo las agrupaciones Proteger Barracas, Salvemos Floresta y la Protocomuna Caballito, entre otras. Durante el año 2012, la Legislatura de la Ciudad deberá tratar los proyectos de ley que promueven dar protección legal efectiva a estos inmuebles patrimonialmente valiosos. La medida judicial dispuesta permitirá que mientras transcurra dicho debate no exista especulación inmobiliaria que pretenda apurar las demoliciones aprovechando la desprotección legal. El fallo reviste una importancia trascendental en la protección del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural de la Ciudad, como valores integrantes del derecho urbano ambiental. A su vez, será un antecedente de suma relevancia para casos similares en todo el país. Con este fallo ejemplar se prioriza el respeto a la constitución de la Ciudad y de la Nación y se escucha el reclamo de los ciudadanos que no están dispuestos a perder el patrimonio arquitectónico que los identifica y da carácter y significación a sus barrios.

Prensa | Ciudad | Preservar no es cuidar la ruina, todo lo contrario

Calle. Consiguió que San Telmo sea un barrio histórico. “En 1960 siempre estaba como apagado”...
Lo de no cumplir las ordenanzas no es nuevo y, en este caso, hay que agregar que por suerte. “Una ordenanza del 56 establecía que en el Sur se iba a planificar la ciudad nueva, o sea que barrían con todo”, explica el arquitecto José María Peña, quien investiga el patrimonio de Buenos Aires desde 1960, fundó el Museo de la Ciudad y la feria de San Telmo e impulsó la primera regulación para preservar el distrito, en 1979... Había secretarios y unos funcionarios que no querían porque decían que San Telmo estaba muerto, lo cual era verdad, y que hacer eso era un papelón para la Municipalidad...