lunes, 23 de abril de 2012

ARTÍCULO 27. Constitución de la Ciudad de Buenos Aires

Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve: 11. El uso racional de materiales y energía en el desarrollo del hábitat.
Porlareserva.org.ar - Problemas que generan las torres... El desarrollo urbano y las actividades propias de aglomeraciones metropolitanas aportan cuotas de contaminación que impactan en distintas escalas... Dichos impactos afectan directamente la calidad de vida de los habitantes... 
Amparo por una obra detrás de una Iglesia - El amparo fue presentado por la ONG Basta de Demoler, Felicitas Luna (directora de la revista “Todo es Historia”) y el arquitecto Lucas Terra (docente Facultad de Arquitectura UBA)... | 10.12.2012 | Clarin.com
Construcciones sin límites - Proto Comuna Caballito - ... estimulo de las herramientas de participación ciudadana... mejor calidad de vida... cooperación entre las organizaciones a los efectos de potenciar las capacidades de los vecinos a los que intentamos orientar... tanto de su entorno mediato, como del barrio...

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires - Preámbulo. Los representantes del pueblo de la Ciudad  de Buenos Aires, reunidos en convención... ww.cedom.gov.ar/es/legislacion/institucional/constbsas/...

No hay comentarios:

Publicar un comentario