Edicto Judicial | OCT 30, 2017 | by TIEMPO JUDICIAL | in
CIUDAD
Dr. MÁNTARAS, Pablo Cesar (en uso de licencia) Subroga: Dr. AMMIRATO, Aurelio (hasta el 29/12/17)
Dr. MÁNTARAS, Pablo Cesar (en uso de licencia) Subroga: Dr. AMMIRATO, Aurelio (hasta el 29/12/17)
Edicto del Juzgado n°3 en lo Contencioso
Administrativo y Tributario
El Juzgado de Primera Instancia en lo
Contencioso Administrativo y Tributario N° 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, sito en Av. de Mayo Nº 654, 9° piso, a cargo por subrogancia del Dr.
Aurelio Ammirato, Secretaría N° 5 interinamente a cargo de la Dra. Mara
Cereghetti, en el marco de la causa PINTO Y OTROS C/GCBA
S/AMPARO, EXP. Nº 37682/0, hace saber a los interesados que así lo deseen que
pueden presentarse y tomar participación en el proceso dentro del plazo común
de quince (15) días hábiles judiciales, que transcurrirá a partir de la última
publicación de edictos.
A tal fin, se hace saber que la acción fue
promovida contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que
se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4.2.3 y 4.2.4 del Código de
Planeamiento Urbano, mediante los cuales el Poder Legislativo delega sus
atribuciones —a una Dirección del Poder Ejecutivo— para fijar la Línea de
Frente Interno y de Basamento en las manzanas atípicas, y en cuanto garantizan
un mínimo edificable en cada parcela de 16 metros; y del artículo 1° de la
Resolución Nº 395/1978, en cuanto permite la ausencia de pulmón de manzana en
esas parcelas atípicas; planteos efectuados en relación a la manzana que
conforman las calles Tte. Benjamín Matienzo, Migueletes, San Benito de Palermo
y Soldado de la Independencia.
Se hace saber que la causa se encuentra
con la litis trabada y la totalidad de la prueba producida. El expediente y
toda documentación relacionada se hallarán disponibles en Secretaría para que
puedan ser consultados durante el lapso indicado. Asimismo, se hace saber que
las eventuales presentaciones de los interesados serán admitidas solamente si
aportan una argumentación propia —es decir, que proporcione nuevos fundamentos
a favor o en contra de la pretensión— cuyo contenido persuada a este estrado de
que su incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del
proceso por su pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión
del caso.-
Decreto n° 769/08 - Buenos Aires Ciudad
Consulta Pública Acción de Amparo - Jusbaires.gob.ar - Expte 37682/2010 Juzg. 1ra Inst. en lo CAyT Nº3 Sec. Nº5
Dr. MÁNTARAS, Pablo Cesar (en uso de licencia) Subroga: Dr. AMMIRATO, Aurelio (hasta el 29/12/17)
Decreto n° 769/08 - Buenos Aires Ciudad
Consulta Pública Acción de Amparo - Jusbaires.gob.ar - Expte 37682/2010 Juzg. 1ra Inst. en lo CAyT Nº3 Sec. Nº5
Dr. MÁNTARAS, Pablo Cesar (en uso de licencia) Subroga: Dr. AMMIRATO, Aurelio (hasta el 29/12/17)
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