Suspenden construcción de edificio que triplica la altura permitida
La justicia porteña concedió la medida cautelar solicitada por un grupo de vecinos del barrio de Belgrano, ante el inicio de una obra que prevé la edificación de un inmueble de 12 pisos en una zona habilitada para un máximo de cuatro pisos, superando también la superficie permitida a construir.

En consecuencia, y ante el anuncio del inicio de la obra, el magistrado dispuso la suspensión de los efectos de “la disposición 637-DGIUR-2016 ... “En el caso que nos ocupa, la Dirección General de Interpretación Urbanística del Gobierno de la Ciudad habría aprobado —según refieren los actores— la realización de un proyecto constructivo en el inmueble (…), cuya superficie construida prevista excedería con creces el máximo legal”...
Debido a que en el marco de la causa caratulada “Cramer, Gregorio y Otros contra GCBA Sobre Impugnación de Actos Administrativos”, se había solicitado previamente documentación vinculada con el caso (la cual no fue brindada al tribunal en el plazo previsto), el magistrado libró “oficio reiteratorio al GCBA a los mismos fines y efectos que el ordenado precedentemente, a fin de que en el plazo de dos (2) días remita las actuaciones administrativas, […] bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de imponer una multa de diez mil pesos –en concepto de sanción conminatoria- por cada día de retardo contra el GCBA y en cabeza del Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte de la CABA”.
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