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VECINOS | PRESENTACIÓN DEL 07 SEP 2017 A LA PROCURACIÓN DE LA CIUDAD:
ANEXO I:
RECONSIDERACION INFORME IF-2016-17219116-DGROC
Buenos Aires, 19 de julio de 2017
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
MOTIVO: Informe IF-2016-17219116-DGROC sobre Solicitud de derogación LFI Particularizada
Nos dirigimos a usted en nuestro carácter de propietarios de departamentos de ctrafrentes de los inmuebles de San Benito de Palermo 1651, 1655 y 1671, con el objeto de solicitar RECONSIDERACIÓN del Informe de referencia, del cual tomamos conocimiento con fecha 18 de julio de 2017. En el mismo se deniega nuestra solicitud, amparados en los informes IF-2015-35200298-DGROC, IF-2015-3668975-DGIUR e IF-2016-10253576-DGIUR. Dentro de los plazos que otorga el Art. 22 inc. e) y f) del DNU No 1510/GCABA/97, nos remitimos a las pruebas.
Nuestra solicitud se fundamenta en los siguientes aspectos:
• El informe IF-2015-35200298-DGROC aduce que de atender nuestra solicitud de trazar una LFI para esta manzana vulneraría la banda edificable mínima garantizada. Sin embargo, desconoce los casos en los que –justamente a partir de reclamos vecinales– es obligatorio dejar 4 m de retiro de fondo como en el Sector 11 del C3II, independientemente del tamaño de las parcelas.
• El mismo informe menciona una solicitud de completamiento de tejido solicitado para la parcela 1f conforme a los parámetros estipulados en el Art. 4.10 del Código de Planeamiento Urbano. Tal como estipula la norma, se aplica para los casos de parcelas cuyos linderos posean más de 15 m de altura. Ninguno de los dos linderos cumpliría con este requisito, por lo que la mención a dicho artículo resulta inconducente.
• En el informe IF-2015-3668975-DGIUR se responde que “se entiende que producto de la aplicación de la normativa pueden resultar medianeras expuestas sobre el fondo de las parcelas frentistas a la calle San Benito de Palermo, por lo que, a los fines de promover morfologías en armoniosa convivencia con los ámbitos de los pasajes, debieran generarse en el fondo de las parcelas frentistas a la calle Benjamín Matienzo espacios urbanos propios de acuerdo a lo establecido en el Art. 4.2.2. [...] y en consonancia con los criterios que promueve la Ley 2930".
FIRMA: Vecinos de San Benito de Palermo al 1600 damnificados por la obra de Tte Benjamín Matienzo al 1600
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ARQ. UBERTI | RESPUESTA A LA PRESENTACIÓN VECINAL:
ARQ. UBERTI | RESPUESTA A LA PRESENTACIÓN VECINAL:
Informe
Número: IF-2017-16246322- - DGROC
Buenos Aires, 13 de Julio de 2017
Referencia: Expediente Electrónico Nº 2015-26657153-MGEYA-MGEYA – S/Solicitud derogación Resolución Nº 395-CPU-1978 y nuevo trazado de LFI – Manzana 107 – Sección 23 – Cirscunscripción 17
Por la presente, en relación a la presentación realizada por Vds. mediante Expediente Electrónico Nº 2015-26657153-MGEYA-MGEYA, en donde solicitan la derogación de la Resolución Nº 395-CPU-1978 correspondiente al Trazado de Línea de Frente Interno de la Manzana 107 – Sección 23 - Circunscripción 17, y proponen un nuevo trazado, se pone en su conocimiento que no es posible acceder a dicha petición en virtud de lo expuesto en los informes IF-2015-35200298-DGROC, IF-2015-36668975-DGIUR e IF-2016-10253576-DGIUR, de los cuales se adjunta copia.
Asimismo se deja constancia y se acompaña copia del IF-2016-17219116-DGROC, mediante el cual se contestara oportunamente lo requerido.
Se deja constancia que una vez notificado el presentge informe a la parte interesada se procederá a remitir el Expediente Electrónico Nº 2015-26657153-MGEYA-MGEYA al estado de guarda temporal.
FIRMA: Sebastian Ariel UBERTI. Director General. DG.REGISTRO DE OBRA Y CATASTRO (SSREGIC)
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ARQ. MIÑONES | RESPUESTA A LA PRESENTACIÓN VECINAL:
ARQ. MIÑONES | RESPUESTA A LA PRESENTACIÓN VECINAL:
Informe
Número: IF-2015-36668975-DIGIUR
Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2015
Referencia: EX-2015-26657153-MGEYA-MGEYA
MOTIVO: S/Solicitud derogación y trazado de Línea de Frente Interno de la Manzana 107 – Sección 23 – Circunscripción 17.
SEÑOR DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA
1. La Dirección General Registro de Obras y Catastro remite las presentes actuaciones en referencia a una solicitud efectuada por RE-2015-26661833-MGEYA s/orden 3 del E.E. por la que un grupo de vecinos pretenden la derogación de la Resolución Nº 395-CPU-1978 que recayera para la manzana circunscripta por las calles Tte. General Benjamín Matienzo, Migueletes, Soldado de la Independencia y San Benito de Palermo, siendo esta última una vía de ancho reducido afectado al Distrito AE26.
2. Dicha Resolución Nº 395-CPU-1978 estipula que las parcelas de dicha manzana no están sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de Frente Interno, ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano.
3. Motiva dicha solicitud según lo consignado por los recurrentes, lo extemporánea de la Resolución y solicitan asimismo se exija una LFI para las parcelas sobre la calle Tte. Benjamín Matienzo ubicada a 4 m de sus respectivas líneas de fondo.
4. Por IF-2015-35200298-DGROC, s/orden 18 del E.E. la Dirección General Registro de Obras y Catastro entiende que no resulta procedente acceder a lo solicitado por cuanto se estaría vulnerando la franja mínima edificable de 16,00 m estipulada en el Código de Planeamiento Urbano.
5. Esta Gerencia Operativa de Interpretación Urbana, si bien comparte el criterio de no derogar la Resolución Nº 395-CPU-1978 sustentado en el IF-2015-35200298-DGROC citado en el punto precedente, entiende que producto de la aplicación de la normativa pueden resultar medianeras expuestas sobre el fondo de las parcelas frentistas a la calle San Benito de Palermo, por lo que, a los fines de promover morfologías en armoniosa convivencia con los ámbitos de los pasajes, debieran generarse en el fondo de las parcelas frentistas a la calle Benjamín Matienzo espacios urbanos propios de acuerdo a lo establecido en el Art. 4.2.2 (Figura Nº 4.2.2.e) del Atlas del Código de Planeamiento Urbano vigente y en consonancia con los criterios que promueve la Ley 2930.
6. Se elevan los presentes para que de compartir lo informado, se remitan a la Dirección General Registro de Obras y Catastro en prosecución de su trámite.
FIRMA: Jorge MIÑONES. Gerente Operativo. D.G.INTERPRETACION URBANISTICA (SSPLAN)
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VECINOS | PRESENTACIÓN AL GOBIERNO DE LA CIUDAD:
Buenos Aires, 28 de septiembre de 2015
SR. JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
MOTIVO: Solicitud derogación LFI Particularizada
Quienes suscriben, en carácter de vecinos y propietarios en lotes pertenecientes a la manzana rodeada por las calles Soldado de la Independencia, Tte. Benjamín Matienzo, Migueletes y pasaje San Benito de Palermo catastrada como Sección 23 Manzana 107, solicitan a Ud. la derogación de la Resolución No 395 del 20 de octubre de 1978 que establece que las parcelas en dicha manzana no están sujetas al trazado de LFI.
La solicitud se fundamenta en lo extemporáneo de la Resolución, cuando la forma de calcular el pulmón de manzana difería notoriamente de la actual (a los 25 m y sin troneras), y la edificación en esa zona era aún incipiente.
Dadas las condiciones actuales solicitamos se exija una LFI para las parcelas sobre la calle Tte. Benjamín Matienzo ubicada a 4 m de sus respectivas líneas de fondo, de manera de articular la futura edificación a la existente, tal como prefiguran el Plan Urbano Ambiental y el futuro Código Urbano.
FIRMA: Vecinos de San Benito de Palermo al 1600 damnificados por la obra de Tte Benjamín Matienzo al 1600
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Referencia: Carátula del expediente EX-2015-26661215- -MGEYA-DGROC
Fecha Caratulación: 28/09/2015
Motivo de Solicitud de Caratulación: SAN BENITO DE PALERMO Nº 1633/41/51/55/71 PEDIDO DE INFORME S/DENUNCIA
Referencia: Expediente Electrónico Nº 2015-26657153-MGEYA-MGEYA – S/Solicitud derogación Resolución Nº 395-CPU-1978 y nuevo trazado de LFI – Manzana 107 – Sección 23 – Cirscunscripción 17
Referencia: Carátula del expediente EX-2015-26661215- -MGEYA-DGROC
Fecha Caratulación: 28/09/2015
Motivo de Solicitud de Caratulación: SAN BENITO DE PALERMO Nº 1633/41/51/55/71 PEDIDO DE INFORME S/DENUNCIA
Referencia: Expediente Electrónico Nº 2015-26657153-MGEYA-MGEYA – S/Solicitud derogación Resolución Nº 395-CPU-1978 y nuevo trazado de LFI – Manzana 107 – Sección 23 – Cirscunscripción 17
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