sábado, 29 de febrero de 2020

Las Cañitas | Amparo Vecinal | SENTENCIA AMPARO - Juez Pablo Mántaras

Consulta Pública de Acción de Amparo
Jusbaires.gob.ar - Expte 37682/2010 Juzg. 1ra Inst. en lo CAyT Nº3 Sec. Nº5 Dr. Mántaras Pablo Cesar 
Actuaciones | Despachos:
27/12/2019 Amparo Judicial | VISTA al Ministerio Público Fiscal
19/02/2020 Amparo Judicial | RESOLVER - Dictar Sentencia
28/02/2020 Amparo Judicial | SENTENCIA AMPARO

S8 Sentencia - Actuación Nº 14370057/2020 - Firmado: 28/02/20 16:23:24 Mántaras, Pablo César
Ciudad de Buenos Aires,   de febrero de 2020
Y VISTAS: las actuaciones del epígrafe para dictar sentencia, de cuyas constancias 

RESULTA: ... ... . 
Por lo expuesto, RESUELVO: 
1) Declarar parcialmente abstracta la acción de amparo deducida por Enrique Rolando PINTO y otros, respecto de la impugnación de los arts. los arts. 4.2.3 –último párrafo– y 4.2.4 –segundo párrafo– del Código de Planeamiento Urbano (en los términos indicados en los considerandos V.3 y VI) y respecto de los cuestionamientos de la obra iniciada por la firma Matienzo 1668 S.A. (en los términos expuestos en el considerando VIII, primer párrafo). 
2) Rechazar los restantes planteos efectuados por los amparistas. 
3) Eximir de costas a los accionantes, atento al carácter gratuito del presente proceso (conf. art. 14 CCABA). 
4) Citar a los letrados intervinientes en los términos del art. 11 de la Ley Nº 5134, por el término de 5 (cinco) días. 
Regístrese, notifíquese a las partes por Secretaría y al Ministerio Público Fiscal, mediante la remisión del expediente (conf. art. 119 in fine del CCAyT) y, oportunamente, archívese.-

Matienzo 1668
Construcción desmedida
de Edificios en la CABA
Juzgado Nº3 - Expediente:37682/2010-0 CUIJ J-01-00056105-9/2010-0 - Actuación: 14370057/2020 
Pablo Cesar Mántaras - Juez/A Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 3 
Vínculo | Nombre-Denominación:
Tercero:       MATIENZO 1668 S.A.
Tercero:       TENIENTE BENJAMIN MATIENZO 1642 S.A.
Fiscal:          Fiscalía 1ra Inst.CAYT 2

Demandado: GCBA

No hay comentarios:

Publicar un comentario